coronavirus

Muchos nos hemos visto afectados de una u otra manera por la gestión de la crisis del Coronavirus, llamada COVID-19, de esto hay situaciones dramáticas y otras que son fatales pues nunca nos devolverán a nuestros seres queridos a los que ni siquiera hemos podido acompañar, ni despedir.

TENEMOS POSIBILIDAD DE QUE NOS RESARZAN DE LOS DAÑOS

Como las situaciones son diferentes, y valorando en cada caso los pormenores del mismo pueden darse en muchos casos situaciones indemnizables, ya por la mala actuación de la Administración Pública, tanto por acción como por omisión, o por otras situaciones en las que la actuación normal de la Admnistración (sanitaria, asistencial,…) provoque el que estemos ante un caso resarcible, que no tenemos obligación de soportar.

CUÁLES SON LAS VÍAS PARA EJERCER ACCIONES

Hay varias vías diferentes:

A) Por un lado las laborales, de los trabajadores afectados ejercitando las oportunas acciones ante los Juzgados de lo Social, también las derivadas de la falta de EPIS en las empresas y los contagios por esa causa.

B) Por otro lado las derivadas de la deficiente asistencia sanitaria por falta de previsión- tanto de los afectados por el COVID-19 como de otros pacientes, se basa en que se tenía por la Administración la información facilitada por diversos organismos como la OMS, la UE (Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (ECDC) ,… así como la falta de de material para afrontar la crisis y falta de medidas para que no se propagara la epidemia, tanto en los hospitales, como en las residencias y otras dependencias de la Administración, tanto de los funcionarios-falta de EPIS- como de los ciudadanos.

Coronavirus epis

C) Responsabilidades penales, por los actos que constituyan tipos delictivos.

D) Consecuencias en las relaciones jurídicas de los ciudadanos en sus contratos civiles y mercantiles, desde los arrendamientos urbanos, a los diversos contratos cuyo cumplimiento y en ello las obligaciones de las partes se han visto afectadas y que dará lugar a litigiosidad.

¿QUE PODEMOS HACER?

En primer lugar, se deben documentar los daños causados de manera que se tengan pruebas de la relación causa efecto, para ello nos valdremos de diversos tipos de pruebas, tanto documentos en cualquier formato ( papel, digital, …), como testimonios de terceros que nos puedan servir para acreditar el daño y poder cuantificarlo.

La vía penal, que ya se está ejercitando por colectivos, es larga y de dudosa viabilidad, si lo que se busca es el resarcimiento, es mejor acudir a otras vías, en principio más ágiles.

En Alonso Valverde Abogados, estamos especializados en reclamaciones civiles y contencioso administrativas, por lo que podemos estudiar tu caso y proponerte vías para que puedas resarcirte del daño que te han causado esta actuación negligente de la Administración.

En esto los abogados especializados somos de utilidad, como Alonso Valverde Abogados, en el teléfono 672361593 y nuestro correo german.alonsoperez@gmail.com , también a través de nuestra web https://www.alonsovalverdeabogados.com/.

En cualquier caso, lo urgente es salir de esta tremenda situación entre todos, para volver a la normalidad lo antes posible y con el deseo de que el número de afectados no aumente.